La reforma del artículo 49 de la Constitución Española, un cambio necesario en materia de discapacidad

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22-02-2024

El Boletín Oficial del Estado (BOE) del día 17 de febrero publicaba la reforma del artículo 49 de la Constitución, ya en vigor, que regula los derechos de las personas con discapacidad. La modificación trae consigo una nueva redacción del citado artículo y sustituye los términos “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” por el de “personas con discapacidad”. La proposición de reforma surge a petición de los Grupos Parlamentarios Popular y Socialista, tras su presentación a finales de diciembre del 2023 y su aprobación en enero del 2024 por el Pleno del Congreso de los Diputados y, posteriormente, por el Pleno del Senado. Más allá de la adaptación terminológica al contexto actual, la reforma supondría un gran avance en lo que respecta a los derechos del colectivo, dejando a un lado la visión proteccionista plasmada en el anterior texto, para dar lugar al reconocimiento pleno de sus derechos y su participación en la sociedad.

 

El texto reconoce el ejercicio de los derechos del colectivo “en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas”, para lo que será regulado por ley la protección especial necesaria para que tal acción pueda llevarse a cabo. El precepto también haría alusión al impulso de políticas por parte de los poderes públicos para garantizar la plena autonomía personal y la inclusión social de estas personas en entornos universalmente accesibles, fomentando a su vez la participación de las organizaciones que las representan y poniendo especial atención en cubrir las necesidades de las mujeres y los menores con discapacidad.

 

La modificación del artículo 49, constituiría la tercera reforma a la que se habría visto sometida la Carta Magna, desde su aprobación en 1978, y se suma a los diferentes cambios legislativos que se han venido realizando en los últimos años, orientados a adaptar el ordenamiento jurídico español a lo acordado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, firmada en Nueva York (2006). Entre estos cambios, el más reciente hasta la fecha era la aprobación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

 

Fiscalía General del Estado  

 

En septiembre del 2023 la Fiscalía General del Estado suscribía un acuerdo de colaboración con las entidades bancarias, orientado a paliar los abusos económicos, estafas o fraudes a los que se pueden ver sometidas las personas con discapacidad o de edad avanzada. El acuerdo favorecería el flujo de información entre los bancos y las fiscalías territoriales a fin de que estas últimas puedan llevar a cabo una evaluación del caso y, si es necesario, proceder a aplicar ante el juzgado medidas cautelares que protejan de forma inmediata el patrimonio de la persona en cuestión. Las acciones incluirían el bloqueo de operaciones o la suspensión de poderes otorgados a terceros.