Formación y asesoramiento de los habilitados de clases pasivas
El habilitado de clases pasivas
es un profesional experto en el asesoramiento y tramitación de prestaciones del
Régimen de Clases Pasivas del Estado. Para ejercer como tal, es preciso contar
con una titulación media universitaria y haber superado las pruebas convocadas
por la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del
Ministerio de Hacienda. Los habilitados prestan sus servicios a una parte
representativa de la sociedad. En lo que se refiere al número de pensionistas,
estos ascenderían a más de 700.000 personas, a las que se suman los
funcionarios de clases pasivas en activo.
Entre los principales valores de
la profesión, se encuentra su conocimiento profundo y transversal acerca de
diferentes materias. Esto
quedaría constatado en su formación, habiéndoles sido requeridas para
superar el citado examen, nociones de carácter más general en torno a la
Constitución Española, las fuentes del Derecho Administrativo, filiación,
matrimonio o sucesión "mortis causa”, entre otras. Un segundo eje
abordaría la legislación en materia de pensiones públicas y prestaciones de clases
pasivas, dando espacio, a su vez, al sistema y Régimen de Seguridad Social.
Parte importante del temario de este capítulo profundizaría en el Régimen de
Derechos Pasivos de los funcionarios, además de tratar las pensiones por actos
de terrorismo, en relación con la Guerra Civil o la consignación y traslado de
pagos de haberes pasivos. La tercera de las partes abordaría la legislación
especial sobre habilitados de clases pasivas, profundizando en las obligaciones
del profesional, responsabilidades y garantías administrativas o actividad
profesional. Además de esta formación, los habilitados han de estar
permanentemente actualizados en función de los cambios legislativos y las
necesidades del colectivo al que se dirigen singularmente sus servicios.
La amplitud de conocimientos
jurídicos que disponen estos profesionales permite ofrecer una atención y
asesoramiento integral, a lo que se añade un trato personal y cercano. Estos
conocimientos resultan de gran utilidad para otros profesionales del ámbito
jurídico, social y económico, siendo la formación uno de los campos en los que
los habilitados tienen mucho que aportar.
El hecho de ser obligatoria la
colegiación, supone, a su vez, una garantía en la prestación de un servicio de
calidad, gracias a la ordenación y control de la práctica profesional y la
sujeción a un código deontológico. El
Consejo General de Colegios de Habilitados de Clases Pasivas vela tanto por la
defensa de los intereses de la profesión, como por la de los funcionarios
destinatarios de los servicios de los profesionales colegiados. Además de la
colaboración con las administraciones públicas competentes, los habilitados de
clases pasivas trabajarían en colaboración con otras entidades como la
Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), el Instituto
Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) y la Mutualidad General Judicial
(MUGEJU).