Aspectos destacados del acuerdo marco para una administración del siglo XXI

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24-11-2022

En concordancia con el segundo de los ejes que integran el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia, referido a la transformación digital, el Boletín Oficial del Estado recogía la semana pasada la Resolución del 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el «Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI». El texto, respondería a los principales puntos que integran el componente 11 del citado Plan, centrados en la digitalización de la Administración y sus procesos, la reducción de la temporalidad y la mejora de la formación y capacidades del personal público, la transición energética y la modernización de la gestión pública.

 

El compromiso entre el Gobierno y las organizaciones sindicales firmantes se vería traducido en un incremento en las retribuciones del personal funcionario con un horizonte temporal de 3 años. De tal manera que, para el año 2022, se establece un incremento fijo del 3,5%, en el que se contempla el 2% recogido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), con efectos retroactivos desde el 1 de enero del presente ejercicio. En el caso del 2023, el incremento salarial fijo se marca en el 2,5%, al que podrá adherirse un posible incremento retributivo adicional del 1% en función del Índice de Precios al Consumo Armonizado (IPCA) publicado por el INE y del Producto Interior Bruto. Por su parte, la subida del 2024 será del 2% y también podrá verse aumentada en un 0,5% dependiendo del IPCA.

 

La implantación de la jornada laboral de 35 horas semanales sería otra de las cuestiones en las que se centraría el texto, para lo que se procede a suprimir las limitaciones que se recogerían en la disposición adicional 144 de la Ley de los PGE del año 2018. De igual manera, también se procedería a la eliminación definitiva de las medidas de ajuste del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que trae consigo una nueva regulación que contempla la prestación económica por incapacidad temporal o la suspensión de los convenios colectivos basados en la modificación de las circunstancias económicas.

 

Incidiendo en la idea de que la implantación de servicios digitales, así como el teletrabajo, no puede suponer el menoscabo de la atención presencial, y a fin de evitar posibles brechas digitales, se ha de garantizar la atención “directa, presencial y personal en la administración, en especial a la población con más dificultades digitales”, recoge el texto. A lo que se añade el cumplimiento del principio de simplificación de los procesos digitales, así como la dotación de nuevas herramientas y la correspondiente formación de los empleados públicos en beneficio de una atención de calidad a la ciudadanía, así como de su desarrollo y promoción profesional.

 

Para garantizar el cumplimiento de las medidas contempladas por el presente acuerdo, se crea una Comisión de Seguimiento, estableciendo un plazo máximo de quince días para su constitución desde la publicación de la citada Resolución en el BOE.

 

Audiencia e información pública en materia de clases pasivas y grupos de interés

 

El 17 de noviembre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, abría el proceso de audiencia e información pública del Real Decreto sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023, que permanecerá abierto hasta el 28 de noviembre. A esta iniciativa se suma la del Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la audiencia e información pública del Anteproyecto de Ley e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés, cuyo plazo se iniciaba el pasado 14 de noviembre, estableciendo el 5 de diciembre como fecha límite para el envío de aportaciones. Sobre ambas materias se valora su aportación, y en su caso el sentido de las mismas.