Aspectos destacados del acuerdo marco para una administración del siglo XXI
En
concordancia con el segundo de los ejes que integran el Plan de Recuperación Transformación y
Resiliencia, referido a la transformación digital, el Boletín Oficial del
Estado recogía la semana pasada la Resolución del
14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la
que se publica el «Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI». El
texto, respondería a los principales puntos que integran el componente 11 del
citado Plan, centrados en la digitalización de la Administración y sus procesos,
la reducción de la temporalidad y la mejora de la formación y capacidades del
personal público, la transición energética y la modernización de la gestión
pública.
El
compromiso entre el Gobierno y las organizaciones sindicales firmantes se vería
traducido en un incremento en las retribuciones
del personal funcionario con un horizonte temporal de 3 años. De tal manera
que, para el año 2022, se establece un incremento fijo del 3,5%, en el que se
contempla el 2% recogido en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), con
efectos retroactivos desde el 1 de enero del presente ejercicio. En el caso del
2023, el incremento salarial fijo se marca en el 2,5%, al que podrá adherirse un
posible incremento retributivo adicional del 1% en función del Índice de
Precios al Consumo Armonizado (IPCA) publicado por el INE y del Producto
Interior Bruto. Por su parte, la subida del 2024 será del 2% y también podrá
verse aumentada en un 0,5% dependiendo del IPCA.
La
implantación de la jornada laboral de 35 horas semanales sería otra de las
cuestiones en las que se centraría el texto, para lo que se procede a suprimir
las limitaciones que se recogerían en la disposición adicional 144 de la Ley de
los PGE del año 2018. De igual manera, también se procedería a la eliminación
definitiva de las medidas de ajuste del Real Decreto-ley
20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, que trae consigo una
nueva regulación que contempla la prestación económica por incapacidad temporal
o la suspensión de los convenios colectivos basados en la modificación de las
circunstancias económicas.
Incidiendo
en la idea de que la implantación de servicios digitales, así como el teletrabajo,
no puede suponer el menoscabo de la atención presencial, y a fin de evitar
posibles brechas digitales, se ha de garantizar la atención “directa,
presencial y personal en la administración, en especial a la población con más
dificultades digitales”, recoge el texto. A lo que se añade el cumplimiento del
principio de simplificación de los procesos digitales, así como la dotación de
nuevas herramientas y la correspondiente formación de los empleados públicos en
beneficio de una atención de calidad a la ciudadanía, así como de su desarrollo
y promoción profesional.
Para
garantizar el cumplimiento de las medidas contempladas por el presente acuerdo,
se crea una Comisión de Seguimiento, estableciendo un plazo máximo de quince
días para su constitución desde la publicación de la citada Resolución en el
BOE.
Audiencia
e información pública en materia de clases pasivas y grupos de interés
El
17 de noviembre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, abría
el proceso de audiencia
e información pública del Real Decreto sobre revalorización de las pensiones
del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de
otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023, que
permanecerá abierto hasta el 28 de noviembre. A esta iniciativa se suma la del
Ministerio de Hacienda y Función Pública sobre la audiencia
e información pública del Anteproyecto de Ley e Integridad en las Actividades
de los Grupos de Interés, cuyo plazo se iniciaba el pasado 14 de noviembre,
estableciendo el 5 de diciembre como fecha límite para el envío de aportaciones.
Sobre ambas materias se valora su aportación, y en su caso el sentido de las
mismas.