La Fiscalía demanda controlar judicialmente los ingresos involuntarios de mayores en centros residenciales
Coincidiendo con la apertura del Año Judicial 2020/2021, al que se daba comienzo durante la mañana del 7 de septiembre en un acto celebrado en el Salón de Plenos del Tribunal Supremo, la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, presentaba la Memoria anual de la FiscalÃa, relativa al ejercicio 2019. Un extenso documento en el que, a través de su CapÃtulo VI, la institución llama a realizar una serie de reformas legislativas, entre las que se contempla proceder a un control judicial sobre el ingreso involuntario en centros residenciales o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad.
La actual crisis de salud pública en la que nos encontramos inmersos ha dado lugar a situaciones de extrema complejidad, llegando a tener un gran impacto sobre la población más vulnerable. En este sentido, el Ministerio Fiscal, en su función como órgano garante de los derechos de la ciudadanÃa en general, y de las personas mayores y con discapacidad en particular, considera de vital importancia contar con una regulación especÃfica que ampare a aquellos ciudadanos que, por imposibilidad de decisión propia, son internados de manera involuntaria. Según lo expuesto en la memoria, el someter dichas situaciones a un control judicial evitarÃa en cierto modo que se pudiera incurrir en una posible vulneración del derecho a la libertad de la persona en cuestión (recogido en el artÃculo 17 de la Constitución Española), a través de un control periódico de cada caso, gracias a una ley orgánica que logre diferenciar este tipo de internamientos de los llevados a cabo en centros psiquiátricos sanitarios. La problemática derivada de esta ausencia legislativa habrÃa sido puesta de manifiesto por las fiscalÃas territoriales durante el transcurso del pasado ejercicio. No obstante, el impacto que ha llegado a tener la pandemia en los centros residenciales ha convertido esta cuestión “en asunto de enorme actualidad y cuya solución deviene hoy inaplazableâ€, apuntaba Dolores Delgado, durante su intervención.
Con respecto a las irregularidades detectadas por las FiscalÃas Provinciales, la memoria hace referencia al incumplimiento del plazo establecido en el artÃculo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en cuyo escrito se determina el espacio de tiempo en el que el centro residencial deberá dar cuenta a la FiscalÃa del ingreso del residente o, en su defecto, del trastorno psÃquico sobrevenido que impide a la persona poder seguir permaneciendo voluntariamente en dicha residencia. Precisamente, el hecho de que en la mayorÃa de los casos se trate de personas mayores con enfermedades neurodegenerativas requiere llevar a cabo un control periódico y exhaustivo de su situación particular, que impida que se puedan llegar a dar situaciones de abuso o desamparo. Pese a ello, la memoria expone como en los casos en los que se incumplen los plazos establecidos en el artÃculo 763 “no es infrecuente que el órgano judicial acuda a la medida cautelar de protección del art. 762â€, en el que se aboga por una regulación común, prescindiendo de practicar el reconocimiento judicial o el examen forense, entre otras prácticas.
Avances en materia de reformas legislativas más inclusivas
No es la primera vez que se hace alusiones a la necesidad de integrar reformas legislativas que permitan poder avanzar hacia una sociedad más inclusiva, en la que las personas con discapacidad vean plenamente garantizados sus derechos como ciudadanos. Entre las propuestas que han ido sucediéndose a lo largo de los años destacan principalmente, aquellas relacionadas con otorgar a estas personas una capacidad jurÃdica semejante a la del resto de la ciudadanÃa. Los últimos avances conseguidos en esta materia se alcanzaban el pasado mes de julio, cuando el Consejo de Ministros del dÃa 7 de ese mes aprobaba el proyecto de Ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurÃdica, suprimiendo la incapacitación a la que hasta este momento se sometÃa a muchas de ellas.
Finalmente, el pasado 8 de septiembre, conocÃamos el Plan Anual Normativo de la Administración General del Estado para 2020. En este, entre otras cuestiones, se prevé la modificación del artÃculo 49 de la Constitución Española para actualizar la terminologÃa referida a las personas con discapacidad. En este sentido, está prevista la modificación del "disminuidos" recogido en el citado artÃculo por el de "personas con discapacidad".