Las noticias más destacadas del 2023
A
las puertas de concluir el 2023 y dar la bienvenida al 2024, realizamos un
recorrido por algunas de las noticias más destacadas que nos han acompañado a
lo largo del presente año en materia de pensiones y clases pasivas.
José
Antonio Sánchez Lucán elegido presidente del Consejo General de Colegios de
Habilitados de Clases Pasivas
Resultado
de las elecciones celebradas el pasado 21 de marzo, José
Antonio Sánchez Lucán era elegido presidente del Consejo General de Colegios de
Habilitados de Clases Pasivas. La composición de la Comisión Ejecutiva
permanece invariable, introduciendo únicamente cambios en los cargos que hasta
el momento desempeñaban sus miembros.
·
Vicepresidente: Jorge Sebastián Pastor
·
Secretario: Pedro J. Abelenda Ruz
·
Tesorero Contactor: Rafel Suárez-Varela y Pérez
·
Vocal 1º: Néstor García-Bravo Fernández
·
Vocal 2º: Teresa Hualde Juvera
Habilitado de clases pasivas, licenciado
en Derecho y agente de la Propiedad Inmobiliaria, Sánchez Lucán ya ostentó la
presidencia de este Consejo General durante el periodo 2015-2019. Desde
entonces, y hasta su reciente nombramiento como presidente, ocupó el cargo de
vicepresidente durante los cuatros años en los que Jorge Sebastián Pastor,
actual vicepresidente, estuvo al frente de este Consejo.
Sentencias
del TS sobre el complemento por aportación demográfica y los accidente in
itinere
El
complemento por aportación demográfica, vigente desde el 1 de enero del 2016 al
3 de enero del 2021, podrá
ser percibido por ambos progenitores de manera simultánea,
independientemente del sexo de la persona solicitante. Así lo determinaba el
Tribunal Supremo (TS), en una sentencia en la que mostraba su contrariedad a que
solo se pueda distinguir a una persona con dicha prestación, considerando que
ambos progenitores tienen los mismos derechos. La decisión del alto Tribunal, se
respalda en lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley General de la
Seguridad Social, al no determinar qué ocurre cuando uno de los
progenitores ya disfruta del complemento que demanda el solicitante. Una
cuestión que, por el contrario, sí contemplaría el Real Decreto-ley
3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la
brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y
económico.
En
lo que respecta a los accidentes in itinere, aquellos que ocurren en el
desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo, en su sentencia
593/2023, de 11 de mayo, el TS determinaba que estos son “consecuencia
del servicio a efectos de percibir la pensión extraordinaria por inutilidad
para el servicio”. En su fallo, el TS dista de la interpretación llevada a
cabo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al considerar que el accidente
in itinere daría lugar a una pensión ordinaria.
Aprobación del segundo
bloque de medidas de la reforma de pensiones
El
Consejo de Ministros extraordinario celebrado el 16 de marzo, aprobaba
el segundo bloque de medidas de la reforma de pensiones. Entre los cambios
que introduce el Real
Decreto-ley 2/2023, destaca el relativo al cálculo de la pensión. De esta
manera, los pensionistas pueden elegir entre calcular su pensión según el modelo
actualmente vigente, que toma como referencia los últimos 25 años cotizados o la
nueva fórmula que irá desplegándose paulatinamente y que extiende dicho periodo
hasta los 29 años, pudiendo excluir los 24 peores meses cotizados. Este sistema
dual estará disponible hasta 2044, año a partir del cual el periodo de cálculo
de la pensión será de 29 años.
La
norma también contemplaría un incremento adicional del 10% sobre el complemento
para la brecha de género para el periodo 2024-2025, aplicable a las pensiones
del Régimen General de la Seguridad Social y del Régimen de Clases Pasivas del Estado.
El bloque de medidas también contemplaría la mejora de las pensiones
contributivas y asistenciales.
Congreso de San
Calixto 2023
El
20 de octubre tenía lugar la
última edición del Congreso de San Calixto, en el que intervenía el Ilmo.
Sr. Alfonso-Carlos Villacampa Abadías, fiscal de la Fiscalía Provincial de
Zaragoza. La ponencia se centraba en las medidas de apoyo introducidas por la Ley 8/2021, de 2 de
junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a
las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. El
análisis abordaba los tres pilares sobre los que se erige la Ley: automedidas,
guarda de hecho y la intervención judicial, aplicable de manera subsidiaria a
las dos medidas anteriores. Para Villacampa Abadías, de todas ellas, la guarda
de hecho constituiría la “medida estrella”. No obstante, señalaría como se estaría
llevando a cabo una judicialización de esta última, una tendencia que tendría que
ir reduciéndose, al considerarla una medida de acción ordinaria.